Jubilación anticipada voluntaria [1], con efectos de 31 de agosto del año en que se solicite, el personal funcionario docente incluido en el ámbito de aplicación del Régimen de Clases pasivas del Estado.
Enlaces:
[1] http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2008/238/d/updf/d2.pdf